Coviandina responde tras perder disputa legal con la ANI por colapso del puente Chirajara

El colapso del Puente Chirajara en enero de 2018 dejó nueve trabajadores muertos y millonarias pérdidas económicas.
Colapso del puente Chirajara / Foto: Hernando Herrera.

La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) obtuvo un fallo favorable en un proceso arbitral contra Coviandina, concesionaria del Grupo Aval, en medio de la controversia por la responsabilidad en la contratación de seguros y la gestión de riesgos en el proyecto del puente Chirajara en la vía Bogotá–Villavicencio.

La disputa se originó tras el colapso de un fragmento de la estructura en enero de 2018, hecho que provocó la muerte de nueve trabajadores y generó pérdidas millonarias. En los años posteriores, ambas partes han mantenido diferencias respecto a quién debía cubrir los costos derivados y garantizar las pólizas requeridas.

Según el contrato suscrito en 2015, Coviandina debía gestionar los seguros y asumir los riesgos asociados al proyecto; sin embargo, la concesionaria alegó que el siniestro obedeció a causas ajenas a su control, por lo que el Estado debía responder por las pérdidas.

El tribunal arbitral determinó que la responsabilidad de contratar seguros y administrar los riesgos recaía en Coviandina, exonerando al Estado de asumir los daños. La ANI destacó que esta decisión protege los recursos públicos y sienta un precedente para futuros proyectos de infraestructura en el país.

¿Qué responde Coviandina?

En un comunicado emitido este jueves, Coviandina afirmó que el laudo no representa un revés para la compañía, pues “el Tribunal desestimó todas las excepciones y argumentos presentados por la ANI y ratificó que la ANI no debe entender las obligaciones y riesgos del concesionario sin limitación alguna”, puntualiza.

La empresa señaló que el Puente Chirajara no está incluido en el alcance de esta controversia, ya que su construcción inicial fue responsabilidad de la concesionaria Coviandes y su reconstrucción correspondió a Coviandina, obligación que ya fue cumplida y cuya recepción por parte de la ANI está pendiente. Indicó además que es la concesión que actualmente opera el corredor Bogotá–Villavicencio y que el laudo se originó en su solicitud para que se reconociera que, por causas no imputables a la compañía, no ha sido posible asegurar ciertos sectores del corredor, dentro de los cuales no se encuentra el puente Chirajara.